Las Acciones Populares son el mecanismo de origen constitucional por excelencia para la protección de los derechos e intereses colectivos entre los cuales se cuentan entre otros el goce de un ambiente sano, la moralidad administrativa; el goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público; la seguridad y salubridad públicas; el acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública; el derecho a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente; los derechos de los consumidores y usuarios.
El propósito de las acciones populares es evitar el daño contingente, hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración o agravio sobre los derechos e intereses colectivos, o restituir las cosas a su estado anterior cuando fuere posible.
El procedimiento legal que desarrolla la norma constitucional que establece las acciones populares, esta consagrado la Ley 472 de 1998, procedimiento que no tiene la informalidad propia de las acciones de tutela y que requiere un manejo probatorio idóneo.
Nuestra experiencia en el ejercicio de acciones populares se ha concentrado principalmente en la protección de los derechos colectivos de acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública especialmente en cuanto se refiere a la necesidad de potabilización del agua para consumo humano.
Otro aspecto que ha merecido un especial interés en el ejercicio de nuestro equipo en frente de acciones populares, refiere a la necesidad de implementar las medidas legales para la adecuación de las estructuras de las construcciones de especial interés en el curso de un evento sísmico, como serían las estaciones de policía y bomberos, las centrales de control de los servicios públicos domiciliarios, los sitios en donde funcionan los comités locales de atención y desastres etc.
El campo que se abre respecto de la protección de derechos colectivos es impresionante y en la actualidad estamos iniciando proyectos que tienen como finalidad la protección de los derechos de los consumidores y el cumplimiento de la normatividad urbanística.
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